martes, 8 de marzo de 2022

LA APOSTASÍA EN EL CORÁN.

LA APOSTASÍA EN EL CORÁN.

El Corán enseña los aspectos fundamentales sobre el concepto de apostasía. En última instancia, cuando la apostasía se asocia con la falta de arrepentimiento o de aceptación del Islam y de Allah, conduce al castigo en el más allá. La persona que lo comete sólo se perjudica a sí mismo. Aquellos que se desvían repetidamente de su fe no podrán obtener el perdón de Allah, sin importar lo que hagan.

La apostasía cometida bajo la coacción de terceros, (y por lo tanto), en una situación en la que no hay otra opción, no afecta a la verdadera fe (imán) del individuo. La única forma en que puede hacerlo es cuando una persona abre su corazón, con conciencia y voluntad, a la negación de la verdad. La fe débil, la falta de certeza y la falta de honrar a Allah con un corazón puro se encuentran entre los principales canales de acceso para la apostasía. Cualquier acción realizada por una persona que rechaza la verdad no conducirá a nada: éste es el resultado que se espera. El término "apostasía" transmite el sentido de abandonar el Islam y la fe después de haber aceptado todo esto de acuerdo con lo prescrito por Allah.

POR DEFECTOS.

Los términos al-riddah y al-irtidad, en su significado coránico, indican un retorno a algo que un individuo había abandonado después de haber llegado a otro. Sin embargo, ninguno de los diversos contextos del Corán que se refieren a la apostasía habla únicamente de un abandono del Islam o, (en todo caso), de un aislamiento relativo únicamente al plano espiritual. Más bien, el Corán entiende que el término incluye tanto los aspectos espirituales como los materiales, en combinación con el verbo radda, [evitar o alejarse]. Riddah es el término que en el Corán indica un rechazo y abandono explícito del Islam inducido por la incredulidad. Expresados ​​como una advertencia, estos versículos también sirven como un estímulo para que los fieles confíen firmemente en el Islam, la guía verdadera y, (por lo tanto), la base más autorizada y confiable para la vida y la conducta.

Habiendo aclarado el concepto de apostasía, o riddah, en el Corán, podemos ver cómo se ha empleado para transmitir una variedad de significados, usándolo como un sustantivo verbal relacionado con la religión. El sustantivo verbal al-riddah se usa para referirse a una retirada del Islam. Una persona renuncia a su creencia si rechaza la verdad después de entregarse a Allah a través del Islam. Durante siglos, el término riddah se ha utilizado inequívocamente para indicar un alejamiento de la religión y, concretamente de la religión islámica.

Naturalmente, los versos mencionados, que incluyen todo lo que el Corán tiene que decir con respecto a los conceptos de riddah o al-irtidad, ni hacen mención alguna sobre un castigo terrenal por el pecado o crimen de apostasía. Asimismo, ninguno de estos versículos se refiere, ni explícita ni implícitamente, sobre la necesidad de obligar a un apóstata a volver al Islam, ni incluso coaccionándolo si se niega. Tal como se usa en el Corán, el término riddah refleja el estado psicológico y mental que llevó al individuo en cuestión a la apostasía.

La libertad humana es uno de los valores supremos de la ley islámica y, al mismo tiempo, es uno de sus objetivos más fundamentales. En efecto, uno de los papeles más destacados de la fe, en particular el de afirmar la unicidad de Allah, es el de liberar a los seres humanos de la superstición, del paganismo y del culto a las cosas materiales, vinculándolos con el Todopoderoso. Se han revelado muchos versículos del Corán para apoyar, defender y proteger ésta libertad. De hecho, los numerosos versículos coránicos dedicados a la libertad religiosa se apoyan mutuamente en la afirmación de éste derecho, con la obligación de protegerlo y preservarlo de cualquier intervención o interferencia exterior.

De estos versos, el más importante es el que dice: "No habrá coerción en asuntos de fe". Aquellos niños que habían abrazado el judaísmo evitando así que vivieran con los judíos, el Profeta se negó a conceder tal permiso. Era un asunto más relacionado con la política que con la religión, pero debe saberse que entre los seguidores de algunas religiones, especialmente la cristiana, era costumbre obligar a las personas a convertirse a ese credo en particular. Muchos versículos coránicos dejan claro la idea del Profeta sobre la futilidad de tal constricción e imposición de creencias.

Se debe distinguir entre la visión del Corán hacia la perpetuación de una "incredulidad original", (es decir), una falta de fe por parte de quien nunca la tuvo, y la de quien la abandona después de haber creído. De éste modo, se reconoce la libertad que el Corán concede a la persona que aún se encuentra en estado de ateísmo originario, mientras que niega la misma libertad a quienes abandonan la fe después de haber sido creyentes.

En cuanto a la cuestión del arrepentimiento posterior a la apostasía, se acepte o no, esto no es más que una prerrogativa divina. Siempre que la apostasía de una persona no esté acompañada de ninguna otra acción considerada criminalmente, sigue siendo estrictamente un asunto entre Allah y el individuo, y ciertamente no es de interés de algún que otro gobernante terrenal u otros.

LA REACCIÓN A LA APOSTASÍA EN LA SUNNA.

La Sunna verbal, que se compone de las declaraciones del Profeta, contiene hadices aislados que indican lo que hacer con el apóstata. Una de las más importantes de éste tipo, y la más citada entre los juristas musulmanes y en la que la mayoría de ellos basan su pretensión de pena de muerte por apostasía, dice: "Si alguno cambia de religión, que se le dé muerte". Este hadiz se hizo ampliamente conocido después de los albores del Islam. Antes, sin embargo, representaba solo un hadiz aislado (ḥadiz aḥad), y que además se le consideraba con una transmisión en una forma incompleta. Este hadiz en particular se refiere a un contexto en el que los líderes judíos conspiraban para socavar al Profeta, la Revelación y su misión por cualquier medio posible, difundiendo falsedades sobre los musulmanes de Medina, y conspirando para crear divisiones y socavando la seguridad general de la comunidad. Este ciertamente no es el caso de un musulmán creyente que se vuelve apóstata y luego regresa para abrazar el credo islámico. Ni una sola vez el Profeta ordenó la muerte a nadie por tal situación. En cualquier caso, este hadiz ha continuado circulando como un ejemplo que indica que el Islam prevé la pena de muerte por la apostasía. El presente artículo rechaza esta visión confusa, atribuida al Imam Ali, como base para la interpretación del hadiz en cuestión. Lo siguiente es lo que nos dice el Corán sobre las tensiones entre las dos comunidades: "Si los hipócritas, los que tienen una enfermedad en el corazón, los tendenciosos de Medina, no dejan su actitud; te daremos poder sobre ellos y luego, no serán vecinos tuyos en ella por mucho tiempo.
Malditos, donde quiera que se dé con ellos serán capturados y matados enérgicamente.
Práctica constante de Allah con los que ya pasaron. Y no encontrarás en el modo de actuar de Allah ningún cambio".
(Sura 33: 60-62). 

Estos versos del Corán fueron diseñados para detener este tipo de conspiración contra el frente interno del Islam y los intentos de destrozarlo. Entonces, si se confiara en el hadiz que el Apóstol dijo: "Si alguien cambia de religión, mátenlo", habría tenido en mente un problema de seguridad extremadamente más serio para pronunciarlo.

Un hábito frecuente y peligroso de nuestra jurisprudencia islámica, (es considerar el hadiz al menos a nivel de práctica), como algo más allá de lo que se dice explícitamente en el Corán. Con esta operación, el hadiz se eleva de un estatus de aclaración, de explicación del Corán (en el que lo que aclara está subordinado a lo que se aclara) a un nivel de igualdad o paralelismo. El resultado de este proceso, (no es de extrañar), fue permitir que los hadices reinaran supremamente sobre el Corán, abrumando su juicio. Por ésta razón, el presente artículo cita el hadiz tal y como nos ha sido transmitido, a través de la sucesión de varios comentaristas y en todas sus diferentes versiones, así como la evidencia escrita y lo que los eruditos han dicho al respecto.

Al actuar de ésta manera, todos podrán ver cómo los eruditos lo han usado, transfiriéndolo de una esfera de mera explicación del Corán a un área en la que lo domina, con la emisión de veredictos que no tienen ninguna base en el propio Corán. Se puede notar, (por ejemplo), cómo el hadiz mencionado implica la destrucción de la vida humana, algo que el Corán cuida mucho de preservar y proteger, evitando por todos los medios su eliminación.

Además, hay unos doscientos versículos del Corán que rechazan el principio de coacción en materia de fe, estableciendo la libertad absoluta que posee el ser humano para elegir en qué creer y en qué religión profesar. Como hemos visto, el Corán afirma que no hay castigo terrenal por la decisión de cambiar de religión, siempre que, por supuesto, el individuo en cuestión no sea culpable de algún otro delito. Por el contrario, lo que argumenta el Corán es que el derecho a formular una condena por apostasía únicamente (por lo tanto, la apostasía no asociada con otro crimen) recae únicamente en Allah. Cuando se examina éste hadiz a la luz de los versos del Corán, (cuyo significado es muy claro y definido), no surge ninguna dificultad. Sin embargo, cuando se citan sus diversas versiones sin ninguna conexión con el Corán y cuando algunos comentaristas vinculan sus propias opiniones a otros eventos e historias, el hadiz puede ser incomprensible. Además, se pueden mostrar secuelas de comentarios sobre ciertos hadices incompletos y/o débiles, por lo que estos no pueden ser consideradas como fuentes confiables".

Además de citar los problemas con la forma en que se dictaron estos conjuntos de juicios, también debe recordarse que muchos de ellos provienen de un solo comentarista. Algunos de los puntos de vista que citan el acto de quemar apóstatas o incrédulos con llamas no mencionan si la quema debe realizarse después de su muerte por la espada o si deben ser quemados vivos. Además, se puede señalar que muchos de estos puntos de vista se caracterizan por una profunda confusión e inconsistencia. El presente artículo también intenta mostrar la importancia de dar prioridad al Corán sobre la Sunna. En otras palabras, es el Corán el que verifica la veracidad de la Sunna, y no al revés. En los primeros días del Islam, este énfasis se vio reforzado por las actitudes y políticas impartidas bajo la guía justa de los dos califas Abu Bakr y Umar ibn al-Khattab, quienes fueron devotos observadores de las instrucciones contenidas en el Corán y la Sunna. 

LA CONDENA POR APOSTASÍA. 

El siguiente paso de éste análisis implica un examen de la posición en que la jurisprudencia islámica y sus juristas tienen sobre éste tema, así como una revisión de la evidencia que respalda este punto de vista. Los juristas musulmanes basan sus puntos de vista en dos pilares fundamentales: la Sunna verbal y la visión errónea sobre la fiabilidad del hadiz que dice "Si alguien cambia de religión, mátenlo". Además, consideran su aplicación de forma generalizada, para cualquier persona que cambie de religión, independientemente de que haya o no hecho la guerra al Islam y/a la comunidad musulmana en su conjunto.

El segundo pilar fundamental, sobre la afirmación de que existe un consenso en torno a esta interpretación del hadiz, es una falsedad: además de que se expresan diferentes puntos de vista entre los estudiosos sobre el concepto mismo del "consentimiento", las escuelas islámicas de jurisprudencia tenían puntos de vista muy divergentes sobre éste punto. Los institutos jurídicos más importantes han confundido la apostasía en un sentido político con la apostasía en el sentido de cambiar las propias creencias y convicciones. Algunas escuelas han argumentado que representa un delito y que requiere una sentencia de origen divino, que debe dictarse sin indulgencia alguna. Otros creen que la apostasía es un delito, sí, pero que simplemente conduce a un castigo que varía de un caso a otro, mientras que un tercer grupo argumenta que la condena por tal acción cae dentro del ámbito de las "políticas legales islámicas" y que, por lo tanto, los gobernantes musulmanes son libres de aplicarlo según su propia interpretación, con el fin de mantener la autoridad de la ley, el orden público y la unidad de la comunidad.

La confusión entre traición "política" y apostasía "religiosa" surgió en el contexto de la cultura oral prevaleciente en el contexto del hadiz mencionado anteriormente, influenciado por una cultura oral judía que consideraba necesario matar a cualquiera que abandonara el judaísmo. Además, las conquistas islámicas pusieron a muchos países bajo la jurisdicción de la nación musulmana, todos con sus propios sistemas, costumbres, culturas y leyes. Tales normas, por ejemplo, se referían al cambio de alianzas, a rebeliones contra el orden político-jurídico, etc. Los Bizantinos, persas y otros pueblos tenían leyes y reglamentos bien establecidos, que habían generado diversas costumbres y culturas en las tierras conquistadas y que, poco a poco, llegaron a impregnar el contexto musulmán. Estas leyes, normas, costumbres y tradiciones acabaron influyendo así en la mentalidad jurídica islámica.

Las causas detrás de las "guerras de apostasía" durante el califato de Abu Bakr (632-634 dC) no se han determinado con precisión. Aunque se basaban en una dimensión política, y hay declaraciones del propio Abu Bakr que se refieren a la esfera religiosa, como "¡Definitivamente haré la guerra contra cualquiera que separe la oración ritual del zakat!".. Además, como Abu Bakr se basaba en la concepción de "religión" en el sentido totalizador, es decir, en el que la legislación, la autoridad, el orden público y el gobierno juegan su papel, y como todos estos elementos están incluidos en el concepto de Sharia, sin división clara entre doctrina y ley.. El objetivo de las guerras de apostasía era asegurar que aquellos individuos que abandonaran sus obligaciones y deberes como miembros de la Umma islámica o como ciudadanos de un estado estuvieran obligados a respetar sus compromisos, cuya validez legal se deriva de la religión y el deber patriótico que ésta última les impone como fuente de legalidad y legitimidad.
Entre las cuatro escuelas sunnitas de derecho islámico, la Hanafi no clasifica la apostasía entre los delitos para los que existe un castigo según la prescripción divina, sinó que es objeto de discusión en sus escritos, en la sección del siyar o en las partes relacionadas con la yihad y con otros temas. Los juristas hanafíes opinan que la mujer apóstata no debe ser condenada a muerte, sin excepción. Un niño que ha llegado a la edad del juicio, por otro lado, no debe ser asesinado, sinó encarcelado. Sin embargo, argumentan que es necesario dar muerte al hombre adulto que comete apostasía, aunque no han llegado a aportar ninguna evidencia coránica que sustente tal posición, limitándose únicamente a citar el hadiz "Si alguien cambia de religión, pónganse él hasta la muerte". Afirman la validez de su orientación en base al consenso que habría existido entre los Compañeros del Profeta sobre la necesidad de hacer la guerra a los apóstatas como una forma de prevención contra el caos social, en la época del califato de Abu Bakr. Por lo tanto, los juristas de la escuela Hanafi tienden a considerar la apostasía en términos políticos.

En la escuela Maliki, la apostasía entra en la misma categoría que los delitos de al-zină, las relaciones sexuales ilícitas. Sin embargo, esta escuela no argumenta que se trata de un delito para el cual existe una condena establecida por lo divino. Cuando afirmó que los apóstatas impenitentes deberían ser asesinados, el Imam Malik se refería más a la política judicial islámica y al hadiz incompleto habitual, que a una orden divina. La posición de esta escuela, sin embargo, es que el apóstata debe ser condenado a muerte, independientemente de su sexo.

La escuela Shafi' basó su enfoque en los versos coránicos que desalientan el politeísmo, afirmando que no se puede tomar legítimamente la vida de ningún musulmán, excepto que en tres casos: el regreso a la incredulidad después de abrazar la fe, el adulterio y el asesinato. El Imam al-Shafi abordó la cuestión de la apostasía a la luz de los siguientes cuatro versos del Corán: 
(1) "Y combatidlos hasta que no haya más disturbios ni opresión, y la justicia y la fe en Allah prevalezcan en todas partes y en todas partes". (8:39); 
(2) "... matar a estos asociadores dondequiera que los encuentres, captúralos, sitiarlos y tenderles una emboscada. Si luego se arrepienten, oran y pagan el diezmo, déjalos seguir su camino. Allah es Indulgente, Misericordioso" (9: 5) ); 
(3) "Y quién de vosotros niegue la fe y muera en la incredulidad, he aquí quién habrá fracasado en ésta vida y en la venidera. He aquí los compañeros del Fuego: permanecerán allí para siempre" (2: 217); 
(4) "Ciertamente a ti y a los que te precedieron se ha revelado: "Si atribuyes asociados [a Allah], tus obras serán en vano y estarás entre los perdedores" (39:65). 
Es una oposición a los intentos de obligar a las personas a cambiar su religión por la fuerza. El safeísmo argumenta que la apostasía se castiga con la muerte, porque se considera un asunto mucho más grave y repugnante que una falta de fe original, fundando este juicio en el hecho de que la apostasía implica que una persona actúa en la tierra, perdiendo todos sus valores y también perdiendo la posibilidad de la misericordia divina, pero nada, (en los cuatro versículos citados), expresaría la necesidad de un castigo de la ley divina para los casos de apostasía.

Según la escuela hanbalita, el apóstata debe ser asesinado por su incredulidad, no como una condena divina, sinó en referencia al hadiz habitual "Si alguien cambia de religión, mátenlo".

Algunas de las posiciones examinadas revelan una clara confusión entre la apostasía en el sentido político y la apostasía resultante del cambio de fe y las creencias. Además, las diferencias entre las distintas escuelas en muchos de los detalles relativos a la materia en cuestión demuestran claramente la inexistencia de un texto explícito que, junto a los principios de la jurisprudencia islámica, venga a sustentar la afirmación de la existencia de una pena de muerte impuesta por lo divino en caso de apostasía. Las posiciones que ocupan muchos juristas musulmanes incluyen alusiones a intereses relacionados con la seguridad del Estado y la sociedad, y la protección del frente interno de esta última. Esto se basa en la relación que, como hemos visto, se presume que existe entre la apostasía y el acto de hacer la guerra a la comunidad musulmana y/o al Estado.

La escuela chiita sostiene que hay dos tipos de apóstatas: el que nació en el Islam y el que se convirtió de otra religión. El primero debe ser castigado con la muerte inmediatamente, sin darle ninguna oportunidad de arrepentimiento. Si alguien trata de impedirlo, no debe ser escuchado, para que no pueda volver a abrazar el Islam. Sin embargo, para el segundo tipo de apostasía, se otorga una oportunidad para el arrepentimiento. Si la persona ejerce esta opción, es aceptada, de lo contrario, será muerta. Una mujer, en cambio, no debe ser eliminada, sinó encarcelada. Los seguidores de esta escuela no consideran a la apostasía un delito para el que exista una condenación divina, sinó que la clasifican entre los delitos punibles con penas discrecionales.
La escuela zahirita afirma que la apostasía es un delito que debe condenarse según prescripción divina, argumentando que se ha abrogado el verso del Corán "No habrá coacción en materia de fe". Esto se debe a que, a lo largo de su vida, el Mensajero de Allah insistió en que los árabes paganos abrazaran el Islam o murieran a espada. Por lo tanto, ese versículo solo se aplicaría a ciertas personas, principalmente judíos y cristianos.

La escuela zahirita cree que el apóstata debe tener la oportunidad de arrepentirse antes de ejecutar la sentencia de muerte. El zahidismo considera la apostasía como una declaración de guerra a la nación musulmana; si no de forma literal, al menos como un potencial.

A diferencia de otras escuelas de leyes, la Ibadi impone la pena de muerte si el apóstata no se arrepiente.

La confusión observada en torno al modo en que los estudiosos abordan esta cuestión deriva de múltiples causas: un concepto excesivamente amplio de "religión", que engloba el ordenamiento jurídico, a sumar la necesidad de su aplicación a todos los ciudadanos, independientemente de las diferencias del "yo creo". Además, la confusión existente entre el cambio de creencias personales y la acción de alterar los pilares de la religión misma, es decir, la tendencia a considerar un cambio de fe como enemistad y hostilidad hacia la Umma y la comunidad musulmana, siendo el apóstata una lucha contra el enemigo.

El Corán reconoce los muchos tipos de diferencias que distinguen a las personas entre sí, incluidas las diferencias de creencias. Aquellos que deseen creer, pueden creer, mientras que aquellos que son de opinión opuesta son libres de pensar de otra manera. El Profeta prohibió a los musulmanes siquiera pensar en obligar a alguien a abrazar la fe, como Allah le había dicho: "Y si tu Señor quisiera creerían todos los que están en la tierra.
¿Acaso puedes tú obligar a los hombres a que sean creyentes?  (Sura, 10:99).

En el Corán se protege y preserva la libertad religiosa. Además, dado que éste es su marco, lo mismo será el de la Sunna. El Corán deja claro que el castigo por un cambio de fe existe, pero que tendrá un efecto en la vida venidera. De manera similar, la Sunna deja claro que aunque un cambio de creencias no acompañado de otras acciones pueda interpretarse como hostilidad hacia la Umma, como una amenaza para sus ciudadanos e intereses, no hay, sin embargo, ninguna sentencia que cumplir en esta vida terrenal.
Más precisamente, la pena por tal conducta concierne sólo al más allá, ya que en un caso como éste, todo el derecho pertenece al Creador: sólo Él tomará lo que le corresponde, cuando esté en la morada de la eternidad. 
"Pero quien de vosotros reniegue de su Práctica de Adoración y muera siendo incrédulo...
Esos habrán hecho inútiles sus acciones en esta vida y en la otra, y serán los compañeros del Fuego en el que serán inmortales".
(Sura, 2: 217).

Allah sabe lo que es correcto.

Assalamo aleikum.